reportes
Informe Anual: Libertad de Culto (Religiosa) Internacional - Nicaragua 2007
(Publicado en Octubre de 2007. Cubre el periodo de Junio de 2006 a Mayo de 2007.)
La Constitución garantiza la libertad de culto, y en la práctica, por lo general, el Gobierno respetó este derecho.
Durante el periodo que abarca este reporte, no hubo cambio alguno en el estado de respeto hacia la libertad de culto por parte del Gobierno, y la política gubernamental continuó contribuyendo en general a la libre práctica religiosa.
No hubo reportes de abusos ni discriminación por parte de la sociedad basados en creencias o prácticas religiosas.
Como parte de su política global de promoción de los derechos humanos, el Gobierno de los Estados Unidos aborda con funcionarios del Gobierno temas relacionados a la libertad de culto.
Sección I. Demografía Religiosa
El país tiene una superficie de 49,998 millas cuadradas, y una población de 5.5 millones de habitantes. Más del 80% de la población pertenece a grupos Cristianos. De acuerdo al Censo de 2005, realizado por el organismo gubernamental, Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos (INEC), el 58.5% de la población es Católica Romana, y el 21.6% es Protestante Evangélica. Un 2% es asociado con otros grupos religiosos no especificados, 1.6% pertenece a la Iglesia Morava, menos de 1% es asociado con los Testigos de Jehová, y 15.7% se declara sin religión o ateo. Los evangélicos incluyen la Asamblea de Dios, Pentecostales, Menonitas, Bautistas, y otras pequeñas denominaciones. Una encuesta realizada en junio de 2007 muestra datos similares.
Ambos líderes católicos y evangélicos consideraron los resultados del censo como parciales. La metodología de la encuesta fue cuestionada, así como el conteo de aquellos que se convirtieron del catolicismo a una denominación evangélica, pero posteriormente retornaron al catolicismo. Además, algunos grupos religiosos, tales como los Testigos de Jehová y la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (Mormones), fueron algunas veces catalogados incorrectamente como “evangélicos.” De acuerdo al Instituto Nicaragüense de Evangélicos, sus números son de hecho más bajos que los sugeridos por las encuestas, entre 15 y 18% de la población, como resultado de problemas metodológicos.
Las comunidades no cristianas son pocas y pequeñas. La comunidad judía cuenta con menos de 50 personas (incluyendo a los expatriados). Ellos se reúnen para celebrar fiestas religiosas y cenas de sábado, pero no poseen un rabino ordenado o una sinagoga. De acuerdo a los miembros de la comunidad, la última Sinagoga fue bombardeada por una turba sandinista en 1978.
Existen aproximadamente 1,200 a 1,500 Musulmanes, la mayoría Sunitas, quienes son residentes o ciudadanos naturalizados, de origen Palestino, Libio, e Iraní. Los musulmanes profesan su religión libremente. El Centro Cultural Islámico en Managua sirve como el principal centro de culto para los musulmanes en la ciudad, con aproximadamente 320 varones asistiendo regularmente. Musulmanes de Granada, Masaya, León, y Chinandega también viajan los viernes al centro de culto de Managua. Granada, Masaya y León tienen pequeños centros de culto en los hogares de prominentes musulmanes locales. En mayo de 2007, el líder Sunita del centro de culto de Managua fue destituido, debido al incremento de la influencia Iraní en la comunidad musulmana, e iba a ser reemplazado por un líder religioso Chiíta. Hacia el cierre del periodo que abarca este reporte, el líder Chiíta no había sido identificado. Según se informa, la comunidad musulmana tenía planes de construir una Mezquita en Managua.
Grupos religiosos minoritarios incluyen la Fe Bahá’í y la Iglesia de la Cienciología. Grupos inmigrantes incluyen Cristianos Palestinos cuyos ancestros vinieron a Centro América a inicios de los años 1900, y Chinos, muchos de los cuales arribaron como cristianos o se casaron con ciudadanos y se convirtieron al cristianismo. Algunas comunidades de inmigrantes, tales como los Sur Coreanos, formaron sus propias Iglesias Protestantes sin interferencia del gobierno.
No existe más ninguna religión pre-Colombina en el país, aunque hubo un “movimiento libertario” dentro de algunas Iglesias Moravas para permitir la expresión espiritual indígena Amerindia, con frecuencia a través de la música. La Iglesia Católica a menudo incorporó elementos sincréticos y no criticó aspectos pre-Colombinos en los festivales religiosos cristianos.
Las comunidades moravas, episcopales y anglicanas están concentradas en la Costa Atlántica del país, mientras que las iglesias católica y evangélica dominan las regiones central y del pacífico. Hay una fuerte correlación entre religión y etnicidad. Es más probable que los criollos y amerindios, quienes generalmente viven a lo largo de la Costa Atlántica, pertenezcan a la Iglesia Morava o Episcopal. Algunas iglesias evangélicas tienen una fuerte presencia en pueblos remotos de la región central en el Atlántico Sur. Los evangélicos tienden a atraer a personas pobres y desempleadas con niveles más bajos de educación, que viven en su mayoría en áreas rurales remotas. Sus fieles aumentaron en áreas rurales del interior, y en áreas donde la Iglesia Católica no tuvo presencia.
Las iglesias evangélicas operan 3 universidades privadas sin interferencia del Gobierno. Las Asambleas de Dios aducen ser la más grande denominación evangélica en el país. De acuerdo a líderes de la iglesia, hay más de 860 iglesias y 200,000 miembros bautizados.
La evidencia anecdótica sugiere mayores niveles de asistencia a iglesias evangélicas, que a iglesias católicas y protestantes tradicionales. Según un funcionario de la Iglesia Católica, mientras la Iglesia Católica está perdiendo miembros hacia el movimiento evangélico, muchos de los convertidos eventualmente regresan a la Iglesia Católica.
Los misioneros están presentes en el país.
Sección II. Estado de la Libertad de Culto
Marco Jurídico y Político
La Constitución garantiza la libertad de culto religioso, y en la práctica, por lo general, el Gobierno respeta éste derecho. El Gobierno a todos los niveles
busca proteger este derecho a cabalidad y no tolera su abuso, ya sea por parte de actores gubernamentales o privados. La Constitución también establece que nadie “debería ser obligado con medidas coercitivas a declarar su ideología o creencias.” La Constitución prohíbe la discriminación basada en la religión.
No existe una religión oficial del Gobierno; sin embargo, debido a su presencia histórica en el país desde la época colonial, la Iglesia Católica disfruta de una relación muy cercana con el Gobierno. Es el grupo religioso mas activo políticamente, y ejerce una significativa influencia política. Los líderes de la Iglesia Católica rutinariamente se reúnen con altos personeros del Gobierno. La Administración del Presidente Ortega, en funciones desde enero de 2007, nombró al retirado Cardenal Miguel Obando y Bravo para liderar el recientemente creado Consejo de Paz y Reconciliación, una decisión que muchos criticaron como una confusión entre la Iglesia y el Estado. El Vaticano no se pronunció públicamente sobre el asunto. Algunas organizaciones no gubernamentales (ONGs) se quejaron de que la administración de Ortega está usando a la Iglesia para promover su agenda política. Algunos líderes evangélicos reclamaron que se les negó el acceso a funcionarios gubernamentales.
El contexto histórico de las relaciones Iglesia-Estado es tal, que la mayoría de los monumentos, y días feriados con asociación religiosa tienen una conexión católica; sin embargo, la predominancia de la Iglesia Católica no tuvo un efecto negativo en las libertades religiosas de otros.
Los siguientes días santos son reconocidos como feriados nacionales: Jueves Santo, Viernes Santo, Domingo de Gloria, Inmaculada Concepción de María, y Navidad. La Procesión de Santo Domingo (Agosto 1ro y 10), es también celebrada, pero solamente en Managua.
Los requisitos del Gobierno para el reconocimiento legal de un grupo religioso son similares a los requisitos para otras ONGs. Un grupo religioso debe solicitar “personería jurídica”, la que debe ser aprobada por la Asamblea Nacional. Después de ser aprobado, el grupo se debe registrar con el Gobierno como una asociación o fundación. Los grupos que no se registren no pueden obtener exoneración de impuestos, y técnicamente no poseen personería jurídica que les permita incurrir en obligaciones legales y ejecutar contratos; sin embargo, algunas organizaciones no se registraron, y continuaron operando sin castigo.
Los bienes donados a iglesias establecidas y otras organizaciones religiosas sin fines de lucro registradas, que son para el uso exclusivo de la iglesia u organización, son elegibles para exoneración. Los grupos deben recibir autorización de la Dirección de Cooperación Externa, el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, la Dirección General de Aduanas, y la Alcaldía Municipal, sobre el uso de los bienes donados, antes de que se apruebe la exoneración de impuestos, y los bienes sean liberados. Debido a que se percibió un tratamiento desigual entre los diferentes grupos religiosos, la exoneración continuó siendo un asunto conflictivo, particularmente en lo concerniente a exoneraciones de impuestos aduaneros a bienes importados donados para fines humanitarios; y elegibilidad para obtener exoneración de impuestos en la compra de vehículos.
Algunas iglesias y otras organizaciones religiosas sin fines de lucro, entre ellas las Asambleas de Dios, continuaron reportando atrasos en la obtención de la exoneración de impuestos aduaneros. La Ley de Equidad Fiscal de 2003, diseñada para facilitar el proceso, solicitó a todos los grupos que re-calificaran para la exoneración. Muchas iglesias y otras organizaciones religiosas sin fines de lucro reportaron que la Ley, en general, facilitó el proceso; sin embargo, algunos mantuvieron que la Iglesia Católica continuó recibiendo trato preferencial, y no tuvo que cumplir con todos los requisitos exigidos a otras organizaciones religiosas y humanitarias.
Los misioneros tuvieron que obtener visas de trabajador religioso, las que fueron rutinariamente otorgadas; sin embargo, el proceso, que tiene que ser completado antes que el misionero llegue al país, continuó tomando varios meses.
En los colegios públicos no se enseña religión, pero los colegios religiosos privados operan y aceptan estudiantes de todas las afiliaciones religiosas. El Gobierno brinda apoyo financiero a un número de colegios católicos de primaria y secundaria, mediante el pago de los maestros. En marzo de 2007, la Asamblea Nacional aprobó aproximadamente $5,000,000 de dólares (C$92,500,000 de córdobas) del Presupuesto Nacional para financiar ONGs y fundaciones sin fines de lucro. La mayor partida, aproximadamente $670,000 dólares (C$12,400,000 córdobas), fue destinada para la Universidad Católica Redemptoris Mater (UNICA), la única universidad privada que recibe contribuciones monetarias del Gobierno.
Restricciones a la Libertad de Culto
La política y la acción gubernamental contribuyeron en general a la libre práctica de la religión.
En septiembre de 2006, la Asamblea Nacional introdujo una controversial nueva enmienda a la Ley Especial de Delitos Contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, también conocida como la “Ley del Ruido,” la cual, según reclaman algunas organizaciones, amenaza la libertad de culto. La Ley aparentemente prohíbe la contaminación por ruido cerca de hospitales, clínicas, y escuelas, y cualquier ruido que exceda el máximo nivel seguro de decibeles establecido por la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud. El cambio en la “Ley del Ruido” provocó fricción entre grupos seculares y religiosos. Grupos ambientalistas y de derechos ciudadanos acusaron que los elevados niveles de ruido causados por ciertos seguidores evangélicos, especialmente entre el movimiento pentecostal, interrumpía a los vecindarios y causaba daño sicológico.
Algunos grupos evangélicos, tales como los pentecostales, se refirieron a la Ley como una restricción a su forma particular de ejercer el culto. Según se afirma, el Articulo 9 de la Ley exime a grupos eclesiales, afirmando que no aplicaría a actividades de organizaciones religiosas, mientras dichas actividades se realicen bajo techo en el lugar de culto. Otro elemento controversial de la Ley se refiere a los requisitos para organizadores de grandes eventos evangélicos al aire libre y otras actividades proselitistas, de tener primero que obtener un permiso de la Policía o Concejo Municipal. Mauricio Fonseca, Presidente de la Alianza Evangélica, acusó a la Ley de no ser justa con los evangélicos. Contrariamente, otros críticos reclamaron que el Gobierno no aplicaba la Ley porque estaba tratando de ganar los votos Católicos y Evangélicos.
El Gobierno, según se informa, negó la entrada a José Luís de Jesús Miranda, auto proclamado anticristo y líder del grupo Creciendo en Gracia. Al final, Miranda no llegó al país para participar en una conferencia el 30 de junio de 2007. En lugar de una visita, los miembros de Creciendo en Gracia organizaron una tele-conferencia enlazando a Miranda en Miami, con sus seguidores en Managua. El grupo alegó tener una congregación de al menos 1,000 miembros, y ha estado activo desde 1997.
No se informó de prisioneros o detenidos por motivos religiosos en el país.
Conversión Religiosa Forzada
No hubo informes de conversión religiosa forzada, que incluya a ciudadanos estadounidenses menores de edad que hubiesen sido sustraídos o sacados ilegalmente de los Estados Unidos, como tampoco hubo reportes de que se revocara el permiso a dichos ciudadanos de regresar a los Estados Unidos.
Sección III. Abusos y discriminación por parte de la Sociedad
No hubo reportes de abusos o discriminación por parte de la sociedad, basados en creencias o prácticas religiosas. Las relaciones entre grupos religiosos difirieron entre las dos costas. Había un fuerte espíritu ecuménico en la Costa Atlántica, atribuido a la larga historia y mutuo respeto de los tres grupos cristianos predominantes – los moravos, episcopales y católicos. Sin embargo, en el Pacifico, el ecumenismo fue poco común, y hubo competencia por partidarios entre las Iglesias Católica y Evangélica.
Section IV. Política del Gobierno de los Estados Unidos
El Gobierno de los Estados Unidos aborda los temas de libertad de culto con el Gobierno, como parte de su política global de promoción de los derechos humanos. La Embajada de los Estados Unidos continúa manteniendo un diálogo regular con los principales líderes y organizaciones religiosas en el país.