visas de residencia
Como someter la petición I-130
Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales que desean pedir la inmigración de parientes elegibles deben obtener un formulario I-130 (Petición de inmigración para parientes) del servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS por sus siglas en ingles). Las peticiones I-130 deben ser sometidas en una oficina de USCIS en el estado de residencia del Peticionario. (Vea bajo estas líneas excepciones a algunos casos de categorías IR). Para información específica por favor visite la página Web de USCIS en www.uscis.gov.
Una vez que USCIS apruebe la petición I-130, enviara al peticionario una nota de aprobación (Formulario I-797) y enviara la petición al Centro Nacional de Visas (NVC por sus siglas en ingles). El NVC contactara al agente o familiar peticionario designado como el “agente de elección” en el formulario DS-3032, y le dará mayor información del proceso de la visa de residencia.
Requisitos para someter peticiones en la Embajada de los Estados Unidos en Managua
Los únicos formularios I-130 que pueden ser sometidos en Managua son de aquellos ciudadanos estadounidenses que han estado residiendo en nicaragua continuamente por lo menos 6 meses antes de introducir la petición de residencia para sus Cónyuges y/o sus hijos solteros menores de 21 años de edad. Además, los Cónyuges extranjero y/o sus hijos solteros deben ser residentes permanentes de Nicaragua. Ambos el ciudadano estadounidense peticionario y el beneficiario deben estar presentes a la hora de someter la petición en la Embajada de los Estados Unidos.
Los originales de los documentos señalados a continuación pertinentes al peticionario deben ser sometidos al mismo tiempo que la I-130:
Pasaporte Estadounidense valido
Certificado de naturalización (si aplica)
Prueba de la residencia legal en nicaragua (ejemplo, tarjeta de residencia, visa de trabajo en el pasaporte del peticionario, etc.)
Ciudadano Americano deberá obtener un Movimiento Migratorio en las oficinas de Migración de Nicaragua. Si tiene doble nacionalidad (Nicaraguense) deberá obtener adicionalmente un Movimiento Migratorio como Nicaraguense.
Certificado de divorcio y/o defunción (si aplica)
Una fotografía de 2X2 pulgadas con fondo blanca del peticionario.
Formulario G-325A debe ser completado y firmado por el peticionario y cualquier beneficiario mayor de 14 años de edad.
Los originales de los documentos señalados a continuación pertinentes a cada beneficiario deben ser sometidos al mismo tiempo que la I-130:
• Una fotografía de 2X2 pulgadas con fondo blanca del beneficiario.
• Pasaporte valido
• Certificado de matrimonio de la oficina del registro central (esto incluye matrimonios celebrados en cualquier parte de Managua.)
• Certificado de nacimiento de la oficina del registro central (esto incluye cualquier nacimiento registrado en cualquier parte de nicaragua.) Nota importante: Si en el certificado de nacimiento apareciera una anotación que indicare una rectificación, legitimación, reconocimiento, inscripción tardía o efectuada después de un año del nacimiento, por favor presente una literal del certificado de nacimiento emitido por la oficina del registro central.
• Certificado de divorcio y/o de defunción (si aplica) de la oficina del registro central
• Evidencia de la relación (fotografías, cartas, remesas o transferencia de dinero, cartas, correos electrónicos, etc.).
• Certificado de soltería para menores entre los 18 y 20 años de edad o personas que aleguen nunca haber estado casados.
Tarifas
El costo para procesar cada petición I-130 es de US $355.00 dólares. Las tarifas deben ser efectuadas en efectivo en moneda estadounidense o tarjeta de crédito. Una vez efectuado el pago, este dinero no es reembolsable. Dinero en moneda nacional no es aceptable.