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visas de residencia

Como someter la petición I-130

Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales que desean pedir la inmigración de parientes elegibles deben obtener un formulario I-130 (Petición de inmigración para parientes) del servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS por sus siglas en ingles). Las peticiones I-130 deben ser sometidas en una oficina de USCIS en el estado de residencia del Peticionario. (Vea bajo estas líneas excepciones a algunos casos de categorías IR). Para información específica por favor visite la página Web de USCIS en www.uscis.gov.

Una vez que USCIS apruebe la petición I-130, enviara al peticionario una nota de aprobación (Formulario I-797) y enviara la petición al Centro Nacional de Visas (NVC por sus siglas en ingles). El NVC contactara al agente o familiar peticionario designado como el “agente de elección” en el formulario DS-3032, y le dará mayor información del proceso de la visa de residencia.

Requisitos para someter peticiones en la Embajada de los Estados Unidos en Managua

Los únicos formularios I-130 que pueden ser sometidos en Managua son de aquellos ciudadanos estadounidenses que han estado residiendo en nicaragua continuamente por lo menos 6 meses antes de introducir la petición de residencia para sus Cónyuges y/o sus hijos solteros menores de 21 años de edad. Además, los Cónyuges extranjero y/o sus hijos solteros deben ser residentes permanentes de Nicaragua. Ambos el ciudadano estadounidense peticionario y el beneficiario deben estar presentes a la hora de someter la petición en la Embajada de los Estados Unidos.

• Los originales de los documentos señalados a continuación pertinentes al  peticionario deben ser sometidos al mismo tiempo que la I-130:

• Pasaporte Estadounidense valido

• Certificado de naturalización (si aplica)

• Prueba de la residencia legal en nicaragua (ejemplo, tarjeta de residencia, visa de trabajo en el pasaporte del peticionario, etc.)

• Certificado de divorcio y/o defunción (si aplica)

• Una fotografía de 2X2 pulgadas con fondo blanca del peticionario.

• Formulario G-325A debe ser completado y firmado por el peticionario y cualquier beneficiario mayor de 14 años de edad.


Los originales de los documentos señalados a continuación pertinentes a cada beneficiario deben ser sometidos al mismo tiempo que la I-130:


• Una fotografía de 2X2 pulgadas con fondo blanca del beneficiario.

• Pasaporte valido

• Certificado de matrimonio de la oficina del registro central (esto incluye matrimonios celebrados en cualquier parte de Managua.)

• Certificado de nacimiento de la oficina del registro central (esto incluye cualquier nacimiento registrado en cualquier parte de nicaragua.) Nota importante: Si en el certificado de nacimiento apareciera una anotación que indicare una rectificación, legitimación, reconocimiento, inscripción tardía o efectuada después de un año del nacimiento, por favor presente una literal del certificado de nacimiento emitido por la oficina del registro central.

• Certificado de divorcio y/o de defunción (si aplica) de la oficina del registro central

• Evidencia de la relación (fotografías, cartas, remesas o transferencia de dinero, cartas, correos electrónicos, etc.).

• Certificado de soltería para menores entre los 18 y 20 años de edad o personas que aleguen nunca haber estado casados.

 

Tarifas

El costo para procesar cada petición I-130 es de US $355.00 dólares. Las tarifas deben ser efectuadas en efectivo en moneda estadounidense o tarjeta de crédito. Una vez efectuado el pago, este dinero no es reembolsable. Dinero en moneda nacional no es aceptable.

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