2006 INFORME DE DERECHOS HUMANOS DEL DEPARTAMENTO DE ESTADO - GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS
2006 INFORME DE DERECHOS HUMANOS DEL DEPARTAMENTO DE ESTADO - GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS
Translación en Español, información pertinente a NICARAGUA
Released by the Bureau of Democracy, Human Rights, and Labor
March 6, 2007
Nicaragua es una democracia constituyente con una población de aproximadamente 5.4 millones de habitantes. El período presidencial de Enrique Bolaños Geyer, quien se presentó como candidato por el partido Liberal Constitucionalista (PLC), llegaría a su término en enero del 2007. El 5 de noviembre, Daniel Ortega, candidato del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), fue electo en unas elecciones que, en general, fueron libres y justas, y asumiría el poder el 10 de enero de 2007. Si bien las autoridades civiles generalmente mantuvieron un control efectivo sobre las fuerzas de seguridad, se reportaron algunos casos de abuso a los derechos humanos que involucraban a la policía.
Los abusos a los derechos humanos más significativos durante el año incluyeron condiciones muy difíciles en las prisiones; corrupción generalizada y politización del sistema judicial, del Consejo Supremo Electoral (CSE), y de otras instituciones de gobierno; acoso y abuso a periodistas; poca efectividad, corrupción, y politización de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDDH), violencia doméstica; abuso y explotación de la mujer; violencia contra la niñez; trabajo infantil generalizado; y violación de los derechos de los trabajadores en las zonas francas.
EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
Sección 1.Respeto a la Integridad de la Persona, Incluido que no se le someta a:
a. La Privación de la Vida de Forma Arbitraria o Ilícita
El gobierno o sus agentes no cometieron ningún asesinato por motivos políticos durante el año. La Policía recibió denuncias de organizaciones no gubernamentales (ONGs), medios de comunicación, y ciudadanos privados sobre homicidios ilícitos, o excesivo uso de fuerza de parte de oficiales de la policía. Aunque las cortes raramente encontraron a los oficiales culpables de los delitos imputados, la Oficina del Inspector General de la Policía (IG), quien toma decisiones independientemente del fallo de la corte, condujo investigaciones paralelas y administró castigos como la degradación y destitución de oficiales.
La IG investigó durante el año denuncias de abuso policial y remitió a las cortes 41 casos de supuesto uso excesivo de fuerza por parte de la policía. Hasta la fecha, las cortes no han resuelto ninguno de estos casos.
El 31 de mayo, el juez de distrito sentenció a Byron Leonel Centeno, conductor personal del Jefe de Policía de Managua Carlos Bendaña, y a Lenín Alberto Calderón, hijo de William Calderón, consejero cercano del Comisionado Bendaña, a 18 años de prisión por el asesinato en marzo de Jerónimo Polanco, dueño de un nightclub. Las investigaciones policiales revelaron que la pistola usada para matar a Polanco pertenecía a Bendaña. Días más tarde, el Comisionado Edwin Cordero y otros oficiales de alto rango acordaron suspender a Bendaña, pero poco tiempo después Cordero revocó la decisión. El 29 de septiembre, Aminta Granera ordenó el retiro de Bendaña basado en la sospecha de corrupción, soborno, y obstrucción de justicia. Al finalizar el año, no había habido avances en la investigación en el caso de Calderón (ver sección 1.d.).
En septiembre de 2005 los oficiales de policía Francisco Javier González y Mayra Inés Altamirano fueron absueltos de todos los cargos en conexión con la muerte de tres precaristas en una confrontación con la policía por la ocupación ilegal de tierras en Chinandega, en febrero de 2005.
El 28 de agosto, el ex oficial de policía Delvin Jirón fue sentenciado a 30 años de prisión por el asesinato en 2004 de cuatro oficiales de policía en la estación de policía de Bluefields. En octubre, la Corte de Apelaciones de Bluefields añadió siete años a la sentencia de Jirón.
b. Desapariciones
No se reportó ninguna desaparición por motivos políticos.
c. Tortura y otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos o Degradantes
Aunque la ley prohíbe dichas prácticas, la IG reportó 35 casos de maltrato a sospechosos criminales por la policía durante su arresto (ver sección 1.d.), en comparación con 79 casos reportados en el mismo período en 2005. Adicionalmente, la IG reportó que durante el año había recibido 536 quejas de violaciones a los derechos humanos de los detenidos por parte de la policía, 70 de los cuales tenían mérito. La mayoría de los casos estaban relacionados al excesivo uso de fuerza y al uso innecesario de armas. La oficina de la IG sancionó a 177 oficiales por violación a los derechos humanos imponiéndoles sanciones como baja deshonrosa, degradación, y otras sanciones menores.
En noviembre un detenido cubano que escapó de un centro de detención de migración en Managua, alegó que mientras estuvo detenido, fue testigo de sobornos a funcionarios de migración incluidos funcionarios de alto rango con el fin de lograr privilegios especiales, extorsión, y detención prolongada sin acceso al apoyo legal. También alegó que mujeres detenidas podían evitar la deportación u obtener temprana libertad a cambio de favores sexuales brindados a funcionarios de migración. Al finalizar el año no se había encontrado información referente a una investigación policial sobre el caso.
Al final del año una corte declaró libre de culpa a Leonel Duarte Sequeira, quien fue dado de baja deshonrosa de la Policía Nacional (PN) en 2005 por la violación de una oficial en mayo del 2005.
Condiciones en las Cárceles y Celdas de Detención
Las condiciones en las cárceles fueron duras. Un estudio realizado por el Sistema Penitenciario Nacional (SPN) del Gobierno reportó que la población penal aumentó en un 6% en la primera mitad del año. Según las estadísticas gubernamentales, hasta diciembre había 6,060 presidiarios en cárceles diseñadas para albergar a 4,567 prisioneros. Algunas cárceles y celdas de detención estaban significativamente saturadas y carecían de servicios sanitarios adecuados. La cárcel de Bluefields alojaba a 100 prisioneros cuando fue diseñada para albergar a 40.
El sistema penitenciario continúa funcionando sin suficientes fondos y con falta de suministros médicos adecuados. Las autoridades mantienen un personal de 28 médicos especialistas para atender a las 9 penitenciarías del país con sus 6,060 prisioneros. Según reportan las autoridades penitenciarias, un 30% de los prisioneros dormían en camarotes de metal o en colchones en el suelo. El SPN reportó que para cada uno de los 511 prisioneros con serios trastornos mentales y físicos, el sistema penitenciario dedicó un presupuesto promedio de sólo $0.18 centavos de dólar (tres córdobas) al mes para la compra de medicamentos.
El estudio del SPN también reportó que la alimentación en las cárceles continuó siendo de muy baja calidad, y la desnutrición continuó siendo un problema en las prisiones locales y en las celdas en estaciones policiales. Muchos prisioneros recibieron comida, suministros médicos, y atención médica adicional de visitantes y algunas organizaciones religiosas y de caridad. Las condiciones en las cárceles y celdas siguieron siendo muy difíciles; muchas instalaciones tenían su estructura deteriorada, no tenían agua potable, y no tenían adecuados sistemas eléctricos y de aguas residuales. Las celdas tenían muy mala ventilación, poca higiene, y estaban sobrepobladas. Los sospechosos fueron con frecuencia dejados en sus celdas durante los juicios pues por razones de presupuesto no se podían trasladar a juzgados distantes por restricciones en el uso del combustible.
El 23 de enero, siete prisioneros de la Cárcel Modelo en Tipitapa atacaron y secuestraron a un guarda, tomaron sus llaves y abrieron las celdas de 3 pandilleros rivales a los que golpearon severamente. Los siete prisioneros también demandaron mejores condiciones y acceso a medicamentos. Después de cuatro horas de fallidas negociaciones, las tropas anti terrorismo de la policía descargaron 15 bombas de sonido y balas de goma para dominar a los prisioneros y rescatar al guardia y a los prisioneros golpeados. La Policía investigó el incidente y sometió el caso a la Fiscalía, quien acusó a los prisioneros por alteración del orden. Hasta fines del año la corte no había resuelto el caso.
La cárcel de Bluefields, caracterizada por el Prefecto del Sistema Penitenciario como “obsoleta, deplorable, e inhumana” tenía dos duchas y cuatro inodoros para aproximadamente 100 prisioneros y fue diseñada para albergar a 40. En algunas ocasiones las autoridades liberaron a los detenidos porque no tenían para darles de comer. Dos prisioneros murieron durante el año, uno por un aparente suicidio, y otro por una enfermedad crónica.
En marzo, una cárcel de mujeres con capacidad para 60 prisioneras fue inaugurada en el Departamento de Estelí, pasando a ser la segunda prisión de mujeres del país después de la de Managua. En las otras cárceles, las mujeres fueron alojadas en alas separadas de los hombres y están custodiadas por mujeres. Aunque los jóvenes fueron generalmente albergados en celdas separadas de los adultos, en marzo el SPN abrió un pequeño centro de detención de menores que emplea a un trabajador social, un psicólogo, y un sociólogo.
En el transcurso del año, el gobierno permitió que observadores de derechos humanos locales e internacionales visitaran las prisiones.
d. Arresto o Detención Arbitraria
La ley prohíbe el arresto o detención arbitrarios, y el gobierno en general respetó estas prohibiciones.
Función de la Policía y las Fuerzas de Seguridad
La PN es una fuerza única y unificada, responsable de la aplicación de la ley en todo el país, y está bajo el control del Ministerio de Gobernación. Había 9,410 oficiales y personal civil en la PN y 1,866 policías voluntarios que llenaron los vacíos de personal en algunas áreas del país. Hasta diciembre, la IG reportó 18 quejas que involucraban a 34 miembros de la policía voluntaria, de los cuales, 11 fueron sancionados.
Bajo el control conjunto de la PN y de los gobiernos municipales, policías municipales son entrenados por la PN, pero su equipo y salarios son pagados por los gobiernos locales. La Policía Municipal está a cargo de proteger la propiedad pública bajo la responsabilidad de la municipalidad, y tiene competencia legal para arrestar y detener a cualquier sospechoso.
El deficiente apoyo presupuestario a la PN, incluyendo los bajos salarios, obstaculizó los esfuerzos por mejorar el desempeño de la policía y produjo una escasez constante de oficiales. El Ejército brindó apoyo limitado en áreas rurales, principalmente para apoyar los esfuerzos contra el narcotráfico. La falta de coordinación y rivalidades entre la PN y el Ejército minaron su eficiencia operativa. Aunque la IG investigó y remitió al sistema judicial, o impuso sanciones mediante medidas administrativas internas a los casos que involucraban a oficiales de bajo nivel, la corrupción e impunidad continuaron siendo un problema a niveles superiores dentro del cuerpo policial.
En agosto, una encuesta de M&R reveló que sólo el 15% de los participantes expresaron un alto grado de confianza en la policía, y sólo el 34% expresó un alto grado de confianza en el Ejército. Aproximadamente el 32% de participantes percibieron la corrupción policial como un problema serio.
La Comisionada de Policía Aminta Granera ordenó el retiro de tres oficiales de policía de alto nivel – el jefe de Policía de Managua, el jefe de la unidad contra las drogas, y el jefe de la policía judicial – basada en sospechas de corrupción, soborno, y obstrucción de justicia (ver sección 1.a.).
Es obligatorio que los aspirantes a policía reciban instrucción sobre derechos humanos para graduarse de la Academia de Policía, y los oficiales de policía necesitan ser certificados nuevamente sobre derechos humanos cada año. La policía reportó que durante el año muchos oficiales completaron una capacitación centrada en el cambio de actitud que aborda la protección de los derechos humanos. El Ejército incluyó capacitación sobre derechos humanos en su currículo de entrenamiento (ver sección 4).
Arresto y Detención
Las detenciones ocurren abiertamente, y la ley requiere que la Policía obtenga una orden de captura de una autoridad judicial antes de detener a un sospechoso, y notifique a sus familiares en un plazo de 24 horas donde se encuentra detenido. Por ley, un fiscal debe acompañar al oficial de policía cuando ejecute el arresto. Los detenidos tienen el derecho a la asesoría de un abogado tan pronto como sean arrestados. La policía puede legalmente retener a un sospechoso por 48 horas antes de ponerlo a la orden del juez para decidir si se van a presentar cargos. El juez debe entonces ordenar su libertad o su traslado a la cárcel. Pocos prisioneros estuvieron detenidos por más tiempo del límite de las 48 horas (ver sección 1.c.). Después de las primeras 48 horas, el prisionero tiene acceso a fianza, a la visita de familiares, y a representación legal. La IG investigó 127 casos que fueron reportados por detención arbitraria y tomó acciones administrativas contra 69 oficiales responsables, de acuerdo con las regulaciones disciplinarias de la policía.
Estadísticas del SPN indicaron que el número de detenidos en prisión preventiva aumentó durante el año, con aproximadamente un 21% de prisioneros en espera de un veredicto final, comparado con un 16% en 2005.
e. Denegación de un Juicio Público Imparcial
Aunque la ley establece que el poder judicial debe ser independiente, el sistema judicial se mantuvo expuesto a la corrupción y la politización. Muchos nombramientos judiciales fueron basados en nepotismo, influencia, o afiliación política. Una vez nombrados, muchos jueces fueron sujetos a presiones políticas y económicas que afectaron su independencia judicial.
El PLC y el FSLN continuaron manipulando el sistema judicial para fines políticos, con el FSLN utilizando su control político para impedir la resolución de reclamos en torno a la propiedad. Hacia finales del año, el tribunal de apelaciones para la propiedad no había resuelto efectivamente unas 1,000 apelaciones pendientes sobre reclamos de propiedad. Muchos juzgados continuaron pronunciando veredictos controversiales en casos relacionados con supuestos traficantes de drogas. Los Tribunales de Apelación y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocaron condenas de personas encontradas culpables de tráfico de drogas y otros acusados vinculados al crimen organizado.
A pesar de que los juzgados civiles y penales continuaron dando curso a los procesos judiciales de aquellas personas que guardan prisión en espera de un veredicto final, los grupos de derechos humanos y abogados continuaron quejándose de la retardación de justicia producto de la falta de acción judicial.
En junio y agosto la Juez Ivana McCrea dejó en libertad a dos narcotraficantes condenados en la cárcel de Bluefields por que sufrían de hemorroides e hipertensión. Sin embargo, de acuerdo a los reportes de los medios de comunicación, el Fiscal de Bluefields evitó la liberación de los dos narcotraficantes.
El 26 de septiembre, el miembro del FSLN Rafael Solís, Vice Presidente de la CSJ, nombró a 10 jueces de juicio. Solís reconoció que hizo dichos nombramientos en violación a los estatutos de la Ley de Carrera Judicial.
El 17 de octubre, apoyados con una orden judicial, la policía confiscó armas de fuego de la casa de Juan Carlos Lanuza, quien afirmó que las armas pertenecían a Néstor Moncada Lau, un ex miembro de las fuerzas de seguridad del estado Sandinista en los años 80. En una audiencia preliminar el 20 de octubre, la Juez María Concepción Ugarte, quien había emitido la orden judicial de registro, declaró sin lugar los cargos contra Lanuza por supuestas incongruencias en el tiempo del operativo y discrepancias en los procedimientos de parte de la policía y la Fiscalía.
El Ex-Presidente Arnoldo Alemán, condenado en 2003 por lavado de dinero, fraude, y corrupción, continuó en libertad bajo palabra por razones médicas después de una decisión de la corte de liberarlo de la casa por cárcel en septiembre de 2005.
El sistema judicial está compuesto de juzgados civiles y militares. La Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por 16 miembros, es el tribunal superior del sistema, y está encargada de su administración y del nombramiento de todos los magistrados de apelaciones y de los juzgados de primera instancia. La CSJ está dividida en salas especializadas en asuntos administrativos, penales, constitucionales, y civiles. La ley exige que la Procuraduría investigue los delitos cometidos por y en contra de menores de edad. El Código Militar requiere que el sistema de juzgados civiles juzgue a los militares acusados de delitos comunes.
Procedimientos Judiciales
Los juicios son públicos y utilizan jurados. Los acusados tienen el derecho a demandar asesoría legal y se les presume inocentes hasta que se demuestre su culpabilidad. La ley dispone que los acusados indigentes estén representados por defensores públicos. Los acusados pueden confrontar y cuestionar a los testigos en su contra y tienen también el derecho de apelar una condena. Se siguió utilizando el código procesal napoleónico en algunos casos antiguos, particularmente aquellos que habían estado en apelación muchas veces.
El país siguió careciendo de un sistema eficaz de derecho civil. De ahí que con frecuencia los litigantes particulares presentaran sus casos como denuncias penales para forzar a una de las partes a ceder ante la parte con mayor influencia sobre el juez, en vez de enfrentar la posibilidad de ir a la cárcel. Esta carga de casos penales de índole civil desvía los recursos de una fiscalía ya de por si recargada.
Presos Políticos
No hubo reportes de presos políticos.
Procedimientos Civiles Judiciales y Recursos
La ley establece que las personas pueden presentar demandas por daños causados por violaciones a los derechos humanos ante las cortes civiles. En la práctica, muchos miembros del poder judicial no emitieron sentencias imparciales en asuntos civiles, y no fueron independientes de influencias políticas u otras influencias. La ley también permite a los litigantes resolver sus demandas a través de la mediación. Como resultado de la ineficiencia burocrática, los litigantes que no pudieron resolver sus casos a través de la mediación tuvieron que esperar meses o años para que los juzgados los resolvieran, incluyendo la aplicación de órdenes judiciales. El sistema estuvo sujeto a la corrupción; los ciudadanos con frecuencia pagaron sobornos a los oficiales de los juzgados para apurar sus casos.
f. Interferencia Arbitraria en la Privacidad, la Familia, y la Correspondencia
La ley prohíbe estas acciones, y en la práctica, el gobierno por lo general respetó estas disposiciones.
Sección 2.Respeto por las Libertades Civiles, Incluidas:
a. Libertad de Expresión y de Prensa
Aunque la Constitución establece la libertad de expresión y de Prensa, y el gobierno por lo general respetó esos derechos en la práctica, varias disposiciones constitucionales podrían limitar la libertad de prensa. La Constitución estipula que los ciudadanos tienen derecho a información veraz y, por consiguiente, prevé una excepción mediante la cual se podría restringir la libertad de publicar información que el gobierno considere inexacta. Aunque el derecho a la información no puede estar sujeto a censura, la ley establece responsabilidad retroactiva, lo cual implica la posibilidad de establecer sanciones contra la prensa. Sin embargo, durante el año el gobierno no invocó esas disposiciones para reprimir a los medios.
En Diciembre la Asamblea Nacional pasó por encima de un veto presidencial y aprobó su Ley Orgánica, que incluye un artículo que autoriza a las Comisiones de la Asamblea Nacional a citar a cualquier residente por cualquier razón considerada necesaria por la Comisión. Las personas que falten a cumplir con lo requerido serán sujetas a uno a tres años de prisión. Las ONGs reclamaron que la ley representa una amenaza sustancial a la libertad de expresión y de prensa.
Los periodistas afirmaron que continúa siendo extremadamente difícil producir contenidos noticiosos balanceados y apartidarios, porque intereses políticos son dueños o directamente financian la mayoría de las estaciones de radio y televisión. Durante el año, la campaña para la elección presidencial contribuyó a la disminución del espacio para el periodismo independiente. Varios dueños de medios presionaron a los periodistas a vender anuncios a sus candidatos o a negocios afiliados con el partido de su preferencia.
El 4 de enero, el Magistrado de la CSJ Rogers Camilo Arguello envió una carta a la Asamblea Nacional renunciando a su derecho de inmunidad y públicamente disculpándose con la periodista Eloisa Ibarra por su ataque verbal contra ella, al cuestionarlo por su supuesta participación en la desaparición de $609,000 dólares (10.44 millones de córdobas) de dinero del narcotráfico que la Corte había confiscado en 2004. El 16 de enero, Ibarra presentó una demanda contra Arguello por injurias y calumnias, pero el 20 de febrero el caso fue declarado sin lugar en apelación. El Presidente de la Unión de Periodistas de Nicaragua criticó el veredicto, alegando que demostraba la falta de voluntad de las cortes de proteger a los periodistas del acoso.
El 23 de febrero el Alcalde de Granada, Álvaro Chamorro Mora, y aproximadamente 200 partidarios bloquearon la entrada a La Prensa, demandando que el periódico parara de publicar artículos de su corresponsal Arlen Cerda referente a supuestas irregularidades en el gobierno municipal de Granada. El 28 de febrero, mientras Cerda y el fotógrafo Guillermo Flores cubrían una reunión del Consejo Municipal de Granada, una cantidad de gente alrededor del Alcalde insultó verbalmente a Cerda y trató de asaltar a Flores mientras filmaba los sucesos. La Asociación Interamericana de Prensa condenó el acoso de parte del Alcalde de Granada contra la Prensa y sus periodistas, y llamó a las autoridades del gobierno a garantizar la libertad de prensa.
En dos ocasiones en abril personas no identificadas en vehículos no identificados detuvieron al periodista Heberto Rodríguez de El Nuevo Diario y lo amenazaron con una pistola (ver sección 4). Entre enero y marzo Rodríguez había publicado varios artículos reportando abusos financieros y corrupción de parte de Omar Cabezas, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.
El 24 de agosto, el dueño del Canal 10 de televisión afiliado a Univisión canceló la presentación de una entrevista pre-grabada entre la corresponsal Tiffani Roberts y Zoilamerica Narváez, referente a la demanda de abuso sexual de Narváez contra su padrastro Daniel Ortega, porque el dueño del canal de televisión había supuestamente recibido amenazas de muerte (ver sección 5).
El 24 de octubre, los periodistas Miguel Figueroa Rugama, Famnuel Ubeda Henríquez, y Leonidas Rodríguez de la Radio Visión de Estelí 94.9 recibieron amenazas de muerte de un grupo de simpatizantes del FSLN mientras cubrían una caravana durante la campaña pre-electoral de Ortega. Los periodistas pusieron una denuncia con el CSE, el Fiscal y el Ministerio Público. Al terminar el año no se tenía información sobre ninguna investigación relacionada con el asunto.
En noviembre, simpatizantes del FSLN golpearon y retiraron por la fuerza a la reportera del Canal 2, Martha Irene Sánchez, cuando ella intentaba llegar al escenario donde Daniel Ortega hablaba durante el acto del cierre de su campaña presidencial en Matagalpa.
El 9 de noviembre, la CSJ confirmó la sentencia de 25 años de Eugenio Hernández, en apelación desde marzo del 2005, por el asesinato de la periodista de La Prensa, María José Bravo Sánchez.
Libertad en el Uso del Internet
El gobierno no restringió el acceso al Internet y no hubo reportes de que el gobierno monitoree el correo electrónico o los chatrooms. Individuos y grupos pudieron hacer uso del Internet para expresar pacíficamente sus opiniones, inclusive por correo electrónico.
Libertad Académica y Eventos Culturales
El gobierno no restringió la libertad académica ni los eventos culturales.
b. Libertad de Reunión y Asociación Pacíficas
Libertad de Reunión
La Constitución reconoce el derecho a reunirse públicamente, de manifestarse y movilizarse de conformidad con la ley y exige que los manifestantes obtengan un permiso para realizar una manifestación o una marcha, para lo cual deben registrar ante la Policía los detalles del tamaño y ubicación de la actividad.
El 30 de septiembre después de la interrupción de tres semanas de negociaciones laborales con la administración de la compañía, los empleados de la Arrocera Altamira se tomaron la compañía y bloquearon las principales vías de acceso (ver sección 6).
Diez oficiales de la Policía y tres trabajadores resultaron heridos, y 14 trabajadores fueron detenidos cuando la Policía reabrió las carreteras. La Policía liberó a cinco de los sospechosos y presentó demandas por delitos contra la autoridad y sus agentes contra los 9 trabajadores restantes. La investigación de la IG reveló que los oficiales de policía no habían cometido ninguna ofensa.
Libertad de Asociación
La Constitución establece el derecho a organizarse o afiliarse a partidos políticos, y el gobierno por lo general respetó este derecho en la práctica. Las asociaciones privadas necesitan de la autorización de la Asamblea Nacional para obtener su personería jurídica que les permite recaudar fondos privados y recibir apoyo financiero con fondos públicos.
c. Libertad de Culto
La Constitución contempla la libertad de culto y el gobierno por lo general respetó este derecho en la práctica.
Todas las organizaciones religiosas, sin excepción alguna, deben cumplir con la inscripción requerida para obtener personalidad jurídica. Los requisitos del gobierno para otorgar la legalidad a un grupo religioso es el mismo requisito de otros organismos privados (ver sección 2.b.). Una iglesia debe solicitar personería jurídica, la cual es aprobada por la Asamblea Nacional. Una vez aprobada, la iglesia debe inscribirse en el Ministerio de Gobernación como una asociación o fundación y con la oficina recaudadora de impuestos para obtener la categoría de exención de impuestos. El proceso de inscripción fue algunas veces largo y burocrático. El gobierno considera a los grupos de misioneros religiosos como residentes temporales y requiere que ellos obtengan una visa de trabajador religioso, la cual es concedida rutinariamente por las autoridades.
Abusos Sociales y Discriminación
No hubo reportes de abusos sociales o discriminación incluyendo actos en contra de los judíos. La comunidad judía tiene menos de 50 miembros.
Para obtener información más detallada vea el “Informe de la Libertad Religiosa Internacional del año 2006”.
d. Libertad de movimiento dentro del país, viajar al extranjero, emigrar, y repatriarse.
La ley contempla la libertad de movilización dentro del país y libertad para viajar y emigrar al extranjero, y el gobierno generalmente respetó estos derechos en la práctica. El derecho de los ciudadanos a regresar al país no está contemplado en la Constitución pero el gobierno no restringió en la práctica el retorno de sus ciudadanos.
El exilio forzoso interno o externo está prohibido por la legislación, y el gobierno no lo implementó.
No se denunciaron casos de violencia política en contra de los ciudadanos que retornaron de un exilio voluntario durante la época de la guerra civil.
Protección a refugiados
La ley contempla disposiciones para otorgar asilo o condición de refugiado de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas de 1951 relativa a la condición de refugiados y su protocolo de 1967, y el gobierno estableció un sistema para brindar protección a los refugiados. En la práctica, el gobierno brindó protección contra la expulsión, es decir, el retorno de personas a un país donde temían sufrir persecución. No hubo información disponible sobre el número de personas que obtuvieron estatus de asilados de parte del gobierno durante el año.
Sección 3.Respeto a los Derechos Políticos: El Derecho de los Ciudadanos a Cambiar Su Gobierno
La ley contempla el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno de manera pacífica, y los ciudadanos ejercieron ese derecho en la práctica a través de elecciones periódicas, libres y transparentes realizadas mediante el sufragio universal.
Elecciones y Participación Política
El 22 de noviembre, el CSE declaró a Daniel Ortega, candidato del FSLN, como el ganador de las elecciones presidenciales con el 38% de los votos en unas elecciones descritas por los observadores internacionales como libres y transparentes en general. La victoria de Ortega fue facilitada por un cambio en la legislación en 1999 que redujo el porcentaje para una victoria en primera vuelta del 45% al 35%. Cientos de miles de personas fueron excluidas de participar en el proceso electoral debido al retraso del CSE en la impresión y distribución de las cédulas de identidad. En elecciones legislativas simultáneas, el FSLN obtuvo 38 escaños, el PLC 25, la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) 22, y el Movimiento Renovador Sandinista cinco.
Habían 22 mujeres diputadas de los 90 miembros de la Asamblea Nacional, cuatro mujeres de 16 magistrados en la Corte Suprema, y dos mujeres Ministras de los 16 puestos del Gabinete. No se concedieron escaños específicos en la Asamblea Nacional para las mujeres o las minorías. Como resultado de las elecciones del 5 de noviembre, el número de mujeres electas fue de 24 del total de 92 escaños de la Asamblea nacional.
La Corrupción Gubernamental y la Transparencia
Hubo una amplia percepción pública de corrupción y de acuerdos políticos en muchas instituciones del estado, incluyendo el poder judicial, la Asamblea Nacional, el CSE, la Contraloría General de la República, la PDDH, y la Oficina del Fiscal General (ver sección 1.e.). La ley no especifica en particular las prácticas corruptas o tipifica como delito causar daño pecuniario al estado.
El 21 de septiembre, prescribió el término de cinco años en el caso penal del año 2001 que involucraba al Procurador General Denis Maltez en la falsificación de documentos públicos, y la malversación de fondos públicos por medio de la devaluación del valor de propiedades del Estado por $120,000 dólares (2.04 millones de córdobas). La devaluación de la propiedad ordenada por Maltez esquivaba un mandato legal de la Asamblea Nacional para facilitar la donación de la propiedad a una ONG dirigida por la entonces primera dama María Fernanda Flores de Alemán. En septiembre, después de la prescripción del término legal en este caso, la Corte Suprema de Justicia nombró a Maltez como Magistrado del Tribunal de la Propiedad, concediéndole inmunidad ante cualquier acusación.
Existen pruebas de corrupción institucionalizada en los servicios de las oficinas de migración. En octubre el fiscal general abrió una investigación criminal, que trajo como consecuencia la suspensión del cargo de Fausto Carcabelos, Director de la Oficina de Migración y Extranjería, por facilitar la entrada ilegal al país de más de 100 migrantes indocumentados procedentes de varios países, por autorizar la liberación de migrantes ilegales que estaban retenidos, y por conspirar para obtener más de $600,000 dólares (10,020,000 córdobas) del fondo de repatriación de migrantes. En noviembre, una investigación reveló que Carcabelos estaba involucrado en un extenso tráfico de visas falsificadas involucrando a varios Consulados y Embajadas del país en el exterior. El 11 de diciembre el Presidente Bolaños restituyó a Carcabelos como Director de la Oficina de Migración, alegando la falta de progreso en la investigación de la Fiscalía.
A pesar que la constitución contempla el acceso público a la información del gobierno, no hay leyes que definan el mecanismo para la transmisión de la información. No hubo procedimientos formales para solicitar información, para explicar la razón porqué el acceso a la información era negado, o para apelar al rechazo de una petición de información. En la práctica el gobierno algunas veces suministró tal acceso a los ciudadanos y a extranjeros.
Sección 4.Actitud del Gobierno en Relación a las Investigaciones Internacionales o de Instituciones No Gubernamentales de Supuestas Violaciones a los Derechos Humanos
Una amplia variedad de grupos locales e internacionales de derechos humanos funcionan generalmente en el país sin restricción de parte del gobierno, investigando y publicando sus informes sobre casos de derechos humanos. Los funcionarios del gobierno frecuentemente han prestado su colaboración y responden a tales informes con algunas excepciones.
La Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) alegó discriminación de parte del CSE y de la CSJ debido a su participación en la acusación de violación de derechos humanos presentada en junio por la Comunidad Indígena Miskita en contra de varios ex funcionarios del gobierno sandinista (ver la sección 5). La CPDH informó que la CSJ se negó a certificar las declaraciones de los testigos Miskitos para una audiencia en octubre ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y que el CSE negó la acreditación a los observadores electorales de la CPDH para las elecciones presidenciales de noviembre. La CPDH reportó que las autoridades policiales no investigaron las amenazas de muerte recibidas por los funcionarios de la CPDH y sus familias durante el año.
La PDDH, organismo autónomo financiado por el Estado, sufrió de problemas financieros, politización, y pérdida de credibilidad entre la sociedad civil y no fue efectiva. En marzo, los medios de comunicación publicaron pruebas de que Omar Cabezas, Procurador de los Derechos Humanos, utilizó casi $3,000 dólares (51,000 córdobas) de los fondos de la PDDH para pagar gastos médicos de su asistente personal. En julio, la Contraloría inició una investigación en la Procuraduría por malversación de fondos públicos, pero al finalizar el año, la PDDH no había cumplido con la petición de documentos de parte de la Contraloría. Durante el año el procurador no publicó ningún informe relacionado con violaciones de derechos humanos.
Sección 5.Discriminación, Abusos Sociales, y Trata de Personas.
Aunque la Constitución prohíbe la discriminación por razones de raza, género, incapacidad, idioma, o condición social, en la práctica el gobierno no se esforzó mucho en combatirla. Fueron pocos los juicios entablados por discriminación o las denuncias formales presentadas a funcionarios del gobierno.
La Mujer
Entre las transgresiones más frecuentes a los derechos de la mujer, la violencia doméstica y sexual, incluido el abuso conyugal, fue la más generalizada y la menos denunciada. La ley penaliza la violencia doméstica y contempla hasta seis años de cárcel para aquellos encontrados culpables. Establece, asimismo, la emisión de órdenes de restricción para proteger a aquellas mujeres que teman por su seguridad.
Según las estadísticas policiales, se han reportado 30,000 delitos en contra de la mujer en los primeros seis meses del año en comparación a los 32,000 que se reportaron para todo el 2005, un incremento de aproximadamente el 88 por ciento. No había información disponible para la segunda mitad del año. Más del 50 por ciento de las denuncias implican violencia doméstica, y más del 30 por ciento de los crímenes registrados con la policía fueron de carácter sexual. La policía afirmó que una proporción desconocida del incremento, resultó de las iniciativas de la policía y las ONGs para aumentar el conocimiento público sobre la violencia familiar (ver sección 5).
En el período comprendido entre enero y junio, el Ministerio de la Familia reportó un incremento del 58 por ciento en el número de casos de abuso sexual que esta institución manejó. La ONG Centro Nicaragüense para los Derechos Humanos (CENIDH) recibió 216 denuncias de violencia doméstica en los primeros seis meses del año en comparación a los 197 para el año 2005. La ONG Red de Mujeres Contra la Violencia reportó que 63 mujeres fueron asesinadas en el año a causa de violencia doméstica; estimó que un 60% de la población femenina del país ha sufrido algún tipo de violencia, y que solamente el 3% de los casos de delitos violentos en contra de la mujer son procesados.
Aunque las leyes específicamente penalizan la violencia intrafamiliar, estudios publicados durante el año por la Agencia de Cooperación Española y la ONG Ixchen, indicaron que la ley raramente se aplicó. Aunque la ley prohíbe la mediación en casos de violencia intrafamiliar, el estudio de la Agencia de Cooperación Española arrojó que las autoridades remitieron 57 de los casos más graves de abuso a mediación.
La ley penaliza la violación. Aunque la ley no considera la violación conyugal como una categoría separada, cubre todo tipo de violación, a pesar de la relación que exista entre la víctima y el acusado. Las mujeres pueden solicitar que la ley contra la violación se aplique contra sus cónyuges cuando las han agredido sexualmente. La PN reportó que recibieron 1,066 denuncias de violación entre enero y octubre, en comparación a las 1,212 denuncias de violación reportadas en 2005. Muchas mujeres estuvieron renuentes a denunciar abusos o presentar cargos a causa del estigma social adherido a la violación. Las ONGs declararon que la ley contra la violación no era aplicada eficientemente.
En septiembre, la Comisionada de la Policía Aminta Granera lanzó la campaña “Rompe el Silencio” para sensibilizar al público sobre la violencia intrafamiliar y así ayudar a las víctimas de abuso doméstico a identificarse como víctimas de un crimen y denunciar a los criminales. Según la PN, la campaña capacitó a 5,914 personas para brindar apoyo a las víctimas. Con la ayuda de la policía, la sociedad civil, e instituciones educativas, también se realizaron aproximadamente 1,400 actividades educativas de sensibilización y de información a los medios de comunicación. Fuentes de los medios y ONGs reportaron que, aunque la campaña y actividades relacionadas motivaron a las mujeres a denunciar situaciones de abuso, lo que llevó a un aumento en el número de casos reportados, el número real de casos de violencia y abuso no fue reportado.
A lo largo del año, el número de Comisarías de la Mujer aumentó de 23 a 27. Los comisariatos instruyeron a 2,080 estudiantes, profesores, y policías impartiendo 60 talleres para identificar y manejar situaciones de violencia doméstica. Las comisarías también facilitaron la realización de 129 discusiones sobre temas relacionados en las que participaron más de 4,500 personas. Las comisarías proporcionaron asistencia social y legal a mujeres, mediaron en conflictos conyugales, investigaron y ayudaron a procesar denuncias criminales, y remitieron víctimas a otras agencias de ayuda tanto gubernamentales como no gubernamentales. Para septiembre, 32,165 mujeres habían solicitado la ayuda de las comisarías, y 10,964 de ellas habían presentado cargos en contra de los presuntos abusadores, un aumento del 38% en relación al año 2005.
No hubo resolución por parte de la CIDH sobre la queja de Zoilamerica Narváez presentada en 2003, en cuanto a que el Gobierno de Nicaragua le había negado el debido proceso en 2002 al dejar sin efecto los cargos por acoso sexual, hostigamiento y violación presentados en contra de su padrastro, el presidente electo Daniel Ortega (ver sección 2.a.). En mayo, Narváez presentó una petición a la CPDH y a la CIDH solicitando asistencia para reabrir el caso. La CIDH acordó revisar el caso en octubre, pero pospusieron, y luego cancelaron la audiencia. Para el final del año, la CIDH no había emitido un fallo en el caso.
La prostitución es legal para personas de 14 años o más, aunque la ley prohíba promoverla, e incluso procurarla. La prostitución es común, y en Managua la mayoría de las prostitutas trabajaban en las calles o clubes nocturnos y bares, o bien ofrecen sus servicios en salones de masajes. Según la PN, no hubo casos reportados de turismo sexual durante el año. La Asamblea Nacional aprobó una ley tipificando el turismo sexual como un delito, estipulando una pena de cinco a siete años de cárcel para delincuentes convictos.
La ley prohíbe el acoso sexual, y aquellos que sean convictos enfrentan una condena de uno a tres años de cárcel, o de tres a cinco años de cárcel cuando la víctima es menor de 18 años. Durante el año, la policía reportó 298 casos de acoso sexual, y la PDDH reportó 278 casos. La Red de Mujeres Contra la Violencia reportó que la ley fue raramente aplicada y que las estadísticas policiales no reflejaban en su totalidad el alcance del problema.
La PDDH y el Instituto Nicaragüense de la Mujer (INIM) son las dos principales entidades gubernamentales encargadas de garantizar los derechos legales de las mujeres. Además, las Comisarías de la Mujer de la PN son las responsables de aplicar las leyes que protegen a la mujer. Según las ONGs de apoyo a la mujer, las Comisarías de la Mujer fueron las defensoras más efectivas de la mujer. Según la ley, las mujeres gozan de los mismos derechos que los hombres, incluso en las leyes que tienen que ver con la familia y la propiedad.
Aunque el Ministerio de la Familia instaló albergues para niños, el gobierno no abrió ningún albergue para las mujeres víctimas de violencia u otras formas de abuso. La Red de Mujeres Contra la Violencia maneja en el país solamente tres albergues que se han establecido para asistir a las mujeres.
Niñez
Aunque el gobierno públicamente expresó su compromiso con los derechos humanos y el bienestar de la niñez, la asignación insuficiente de recursos presupuestarios impidió que los programas para la niñez y la educación primaria recibieran el financiamiento adecuado.
La educación primaria es gratuita y universal, y es obligatoria hasta sexto grado. Aunque algunas escuelas continuaron solicitando una cuota voluntaria para pagar la matrícula, exámenes, y otros servicios, para el final del año, el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (MECD), reportó que estas cuotas habían sido eliminadas de las escuelas primarias en un 90%. Según las estadísticas del MECD, aproximadamente 800,000 niños en edad escolar no asistieron a clases. Datos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) revelaron que el 18% y el 60% de los niños en edad escolar de escuelas primarias y secundarias respectivamente, no asistieron a la escuela. Aproximadamente el 19% de la población mayor de seis años era analfabeta, especialmente en la Costa Atlántica. Según un reporte publicado durante el año por la Coordinadora Nicaragüense de ONGs que trabajan con la Niñez y la Adolescencia (CODENI), aunque el 66% de los niños matriculados terminaron la primaria, en la Costa Atlántica y en la Región Central, los niños solamente completaron un promedio de 2.1 y 2.7 años de escuela, respectivamente.
La OPS informó que el 20% de los niños menores de cinco años sufrieron de desnutrición crónica. Aproximadamente 25% de los niños no recibieron tratamiento médico adecuado. Aunque el cuidado médico a menudo fue limitado, el acceso fue equitativo tanto para niños como niñas.
La violencia contra la niñez continuó siendo un problema significativo. Según el Centro de Prevención de la Violencia, una de cada tres niñas, y uno de cada cinco niños, han sido víctimas de abuso sexual. Entre enero y octubre, la policía reportó aproximadamente 1,322 casos de agresión sexual, estupro, e incesto en contra de menores. Aunado a esto, la policía reportó que 736 menores entre las edades de 13 a 17 años y 1,230 menores de 13 años, fueron víctimas de violación en comparación con las 639 y 219, respectivamente, a lo largo del 2005. Las ONGs sostuvieron que el aumento en el número reportado reflejó una mayor disposición de las madres de reportar la violencia doméstica. Las estadísticas gubernamentales revelaron que durante el año, 82 menores entre las edades de 13 a 17 años murieron como resultado de crímenes violentos. La PN estimó que el 10% de estas víctimas eran menores de 13 años de edad.
La prostitución infantil también constituyó un problema. La ley permite que los adolescentes de 14 años o más se involucren en prostitución (ver sección 5 sobre la Trata de Personas).
EL trabajo infantil fue otro problema (ver sección 6.d.).
Trata de Personas
La ley establece que el reclutamiento o el involucramiento de víctimas en actividades de prostitución, dentro o fuera del país, constituye trata de personas. No existen estadísticas oficiales sobre el alcance de la trata de personas en el país durante el año. Sin embargo, diferentes ONGs reportaron que personas fueron traficadas desde, hacia o dentro del país.
El país fue una fuente de mujeres y niños traficados para explotación sexual, siendo Costa Rica y Guatemala los principales destinos de las víctimas. Las víctimas también fueron traficadas hacia Canadá, los Estados Unidos y El Salvador. Las personas traficadas desde Nicaragua hacia otros países generalmente eran mujeres y niñas de barrios pobres en las zonas urbanas; reclutadas aparentemente como empleadas domésticas, niñeras y meseras; y luego forzadas a trabajar como prostitutas en los países de destino. Entre enero y junio, el Ministerio de la Familia repatrió a 23 víctimas de la trata de El Salvador, Costa Rica, Guatemala, México y los Estados Unidos. La PN, el Ejército y las autoridades de migración confirmaron que muchachos jóvenes originarios de la frontera sur del país fueron traficados hacia Costa Rica para explotación laboral.
La trata dentro del país usualmente involucra a mujeres y niñas pobres de áreas rurales traídas a los centros urbanos para trabajar como prostitutas. Las mujeres jóvenes de las áreas pobres de Managua y ciudades fronterizas corrieron el mayor riesgo de tráfico interno e internacional. De acuerdo a la PN y a los reportes de los medios de comunicación, las víctimas del tráfico internacional fueron usualmente abordadas por conocidos quienes les ofrecieron trabajos lucrativos en países vecinos.
Reportes de las ONGs revelan que muchas víctimas fueron traficadas usando procedimientos migratorios legales. Los traficantes usualmente utilizaban los requisitos mínimos de documentación de los países del C-4 (El Salvador, Guatemala, Nicaragua y Honduras) para traficar a las víctimas nicaragüenses. Los traficantes también se aprovechaban del bajo costo de la falsificación de documentos migratorios para traficar a las víctimas por los países. A diferencia del año pasado, las ONGs indicaron que no hubo reportes de tráfico de víctimas hacia Honduras y El Salvador por medio del transporte ilegal por bote a través del Golfo de Fonseca.
La trata de personas está penalizada con una sentencia de cuatro a diez años en prisión. La pena máxima se aplica en contra de los responsables cuando la víctima es casada, es menor de 14 años o vive como concubina con el traficante. No existe pena por intento de trata. La trata por explotación laboral no es penalizada, y las leyes en contra de la explotación sexual comercial de menores no protegen a todos los adolescentes menores de 18 años.
Durante el año, el gobierno inició siete investigaciones sobre trata de personas, y cerró negocios en donde menores eran explotadas sexualmente. Muchas víctimas se niegan a colaborar en las investigaciones o en los juicios. De acuerdo a un reporte publicado por la Policía Nacional en noviembre, los traficantes rara vez fueron detenidos o procesados.
Entre enero y septiembre, el Ministerio de la Familia coordinó con el Instituto Salvadoreño de Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia el regreso de tres niñas víctimas de traficantes en El Salvador. La ONG Casa Alianza reportó que tenía información de ocho casos de trata durante el año. Siete de estos casos involucraban a niños. En uno de estos casos el traficante fue sentenciado en Chinandega. Otro caso fue cerrado debido a la falta de evidencia. Un tercer caso aun estaba sin resolverse al final del año. El gobierno no pudo brindar información completa sobre el número de personas procesadas o condenadas durante el año.
El Ministerio de la Familia y el Ministerio de Gobernación colaboraron con organizaciones de la sociedad civil para lanzar una campaña de sensibilización pública para prevenir la trata de personas. Los Ministerios designaron una línea de emergencia disponible las 24 horas y operada por trabajadores sociales, abogados y trabajadores de la salud para estimular el reporte de incidentes de trata, y asignaron un vehículo para llevar a las víctimas a un lugar seguro. Al final del año se reportó que el servicio de la línea de emergencia no estaba trabajando a cabalidad, y el vehículo no estaba disponible todo el tiempo.
El Ministerio de Gobernación tiene como responsabilidad principal combatir la trata de personas a través de su oficina de enlace contra la trata, la cual coordina esfuerzos con 16 Ministerios y agencias autónomas del gobierno, así como también con organizaciones nacionales e internacionales. El gobierno trabajó con la Organización Internacional de las Migraciones y con la ONG Save the Children en investigaciones sobre casos de trata. Por ley, el gobierno no está autorizado a extraditar a sus ciudadanos, sin importar cual sea el delito.
Las Comisarías de la Mujer investigan el abuso contra las mujeres y la niñez, incluyendo alegaciones de trata (ver sección 5). El Ministerio de Gobernación está a cargo de la Coalición Nacional Contra la Trata de Personas, y la Oficina del Fiscal General está a cargo del procesamiento de casos de trata de personas.
El Ministerio de Gobernación continuó con sus actividades de sensibilización pública y asistencia a través del país, y sostuvo un programa de educación en Granada con el Ministerio de Turismo para capacitar a los dueños de los hoteles y taxistas para promover la cero tolerancia a la explotación sexual comercial de la niñez.
El Ministerio de Gobernación reportó que durante el año la Policía Nacional ha aumentado sus esfuerzos para combatir y prevenir la trata de personas, interrumpiendo operaciones, aumentando la presencia policial, y enfocándose en salones de masajes, centros nocturnos, y otros lugares sospechosos de actividades de trata de personas.
Personas con Discapacidades
La ley prohíbe la discriminación contra personas con discapacidades físicas o mentales, pero en la práctica esta discriminación es muy común en empleos, educación, acceso a cuidados de la salud, y en la provisión de servicios por parte del Estado. El gobierno no hizo cumplir efectivamente las disposiciones relacionadas con la protección de personas con discapacidades. El gobierno sigue sin legislar ni de ordenar de ninguna otra manera que los edificios sean accesibles para las personas con discapacidades.
Según el Ministerio de Educación, 926 escuelas ofrecieron programas de educación integral a aproximadamente 5,000 niños con capacidades diferentes, en comparación con 2,500 niños en el 2005. Sin embargo, sólo 65 estudiantes con discapacidades fueron matriculados en programas secundarios regulares.
De acuerdo al Instituto Nicaragüense de Estadísticas y Censos, el 10.25% de la población tiene algún tipo de discapacidad, y pocos de ellos reciben tratamiento médico adecuado. Las clínicas y hospitales del gobierno brindaron atención a veteranos de guerra y otras personas con discapacidades, pero la calidad del servicio fue muy pobre. El gobierno continuó con una campaña de relaciones públicas convocando a una mayor integración social de las personas con discapacidad. El Ministerio de la Familia es responsable por la protección y la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
Minorías Nacionales/Raciales/Étnicas
Varios grupos indígenas y étnicos de las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur (RAAN y RAAS) vinculan a veces la falta de recursos gubernamentales asignados a la Costa Atlántica con actitudes discriminatorias hacia las minorías étnicas, raciales y religiosas que predominan en esas regiones. En comparación con el resto del país, la conformación racial de estas regiones tiende a ser negras y amerindia. Su composición religiosa es principalmente protestante.
Indígenas
Los pueblos indígenas constituyen alrededor del 5% de la población del país, y viven sobre todo en la RAAN y la RAAS. Los cuatro grupos indígenas principales son los Miskitos, Sumos, Garífonas de origen afro-indio-americano, y los Ramas.
En marzo el partido político de la comunidad Miskita, Yatama, ganó 13 escaños en las elecciones parlamentarias regionales en la RAAN y seis escaños en la RAAS. El 14 de marzo, los seguidores de Yatama se tomaron el aeropuerto y la oficina del Consejo Electoral Regional (CER) en Bilwi, y bloquearon los principales caminos que van de este a oeste en la RAAN, cuando el CER inicialmente había contado sólo 12 escaños en vez de 13, que son los que habían ganado en las elecciones.
En junio la CPDH introdujo una demanda a favor de la comunidad indígena Miskita. La demanda alegaba genocidio y otras serias violaciones a los derechos humanos por parte de antiguos líderes del régimen sandinista por la operación Navidad Roja y otras actividades relacionadas que se tomaron en contra de la comunidad de Miskitos y otras comunidades de la Costa Atlántica durante los años 80. Las personas citadas en la demanda incluyen al entonces presidente Daniel Ortega, su hermano y ex jefe del Ejército Sandinista Humberto Ortega, el ex Ministro del Interior Tomás Borge, el ex director de la Seguridad del Estado Lenín Cerna, y Omar Cabezas, antiguo Vice Ministro del Interior y actual Procurador de los Derechos Humanos. En octubre, la CPDH presentó el caso ante la CIDH (ver sección 4).
Para finales del año el gobierno no había pagado $80 mil dólares (1.36 millones de córdobas) en multas impuestas por la CIDH que debían ser pagadas a Yatama antes del 31 de diciembre. La multa fue impuesta de acuerdo a la sentencia de la Comisión de julio del 2005 que falló en contra de la decisión del Consejo Supremo Electoral (CSE) de prohibir a Yatama su participación en las elecciones del 2000.
En septiembre la comunidad indígena Mayangna de Musawás en la RAAN se convirtió en el primer grupo indígena en completar el proceso de registro requerido por la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación para demarcar, titular y registrar su territorio. En la Costa Atlántica había 17 territorios indígenas esperando demarcación, titulación y registro formal.
Aunque por ley el gobierno está obligado a consultar con los indígenas sobre la explotación de sus recursos, igual que en años anteriores, algunos grupos y organizaciones indígenas, incluyendo Yatama, se quejaron de que las autoridades del gobierno excluían a los indígenas de la Costa Atlántica de la participación en la toma de decisiones que afectan sus tierras, culturas, tradiciones y ubicación de sus recursos naturales. Los representantes de las regiones autónomas y de grupos indígenas frecuentemente reclamaron varias veces al gobierno, los medios de comunicación y diversas ONGs de que el gobierno no había realizado ningún esfuerzo por invertir en infraestructura para beneficiar a los habitantes de esas regiones.
La mayoría de la población indígena en las áreas rurales no tiene acceso a servicios modernos de atención en salud, y el deterioro de los caminos hace casi imposible el acceso a la medicina y a la atención de salud para muchas comunidades. Las tasas de desempleo, analfabetismo y el ausentismo de los niños en edad escolar fueron de las más altas del país. La mayoría de la población indígena en la Costa Atlántica subsiste gracias a la pesca, a la siembra y a la minería.
Otros Abusos Sociales y Discriminación
Aunque no se menciona específicamente la orientación sexual, la constitución establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a la protección por igual. El Código Penal penaliza los actos de homosexualismo con una pena de entre uno a tres años de prisión, pero esta prohibición no fue puesta en vigor.
La ley prevé protecciones específicas para personas con VIH/SIDA a fin de contrarrestar la discriminación en el empleo y los servicios de salud. Durante el año no hubo ningún informe de que la Policía u otras autoridades hubieran perpetrado o tolerado actos de violencia contra las personas por razones de orientación sexual o por su condición como portador del VIH/SIDA, y no se tuvo acceso a estadísticas confiables sobre la magnitud de la discriminación social por razones de orientación sexual o el VIH/SIDA. Los esfuerzos del gobierno para tratar el problema de la discriminación por razones de orientación sexual o del VIH/SIDA fueron mínimos.
Sección 6. Derechos Laborales
a. El Derecho de Asociación
La ley establece el derecho de todos los trabajadores del sector público y privado, con la excepción de aquellos que pertenezcan al Ejército o la Policía, a organizarse voluntariamente en sindicatos, y los trabajadores ejercieron este derecho ampliamente. No es obligatorio para los trabajadores notificar con anticipación al empleador o al Ministerio del Trabajo sus intenciones de organizar un sindicato.
Aunque por ley se obliga a los empleadores a reintegrar a los trabajadores que han sido despedidos por actividades sindicales, el Ministerio del Trabajo no puede ordenar legalmente a los empleadores a recontratar trabajadores despedidos. La reintegración formal requiere de la orden de un juez. La ley permite que los empleadores obtengan un permiso del Ministerio del Trabajo para despedir a cualquier empleado, incluidos los organizadores de los sindicatos, con tal de que el empleador acceda a pagar el doble de la indemnización por despido. En la práctica, frecuentemente los empleadores no reintegraron a los trabajadores debido a la débil aplicación de la ley.
b. El Derecho a Organizarse y a Negociar Colectivamente
La ley estipula el derecho a negociar colectivamente. Un Convenio de Negociación Colectiva no puede exceder de dos años y se renueva automáticamente si ninguna de las partes solicita su revisión. Mientras el gobierno protegió este derecho, en la práctica frecuentemente se esforzó en fomentar la resolución de conflictos laborales a través de negociaciones informales en vez de procesos administrativos o judiciales formales. Las compañías involucradas en disputas con los empleados deben negociar con los sindicatos de trabajadores si estos están organizados. La posible existencia de más de un sindicato en un lugar de trabajo significa que varios sindicatos, cada uno con diferentes demandas, podrían coexistir en cualquier empresa. La ley permite a la administración firmar convenios de negociación colectiva con cada sindicato que opere en la empresa.
Aunque la ley reconoce el derecho a la huelga, de acuerdo a información del Ministerio del Trabajo, no hubo huelgas legales durante este año. La ley contiene procedimientos de conciliación gravosos y largos para declarar una huelga. Durante una huelga, los empleadores no pueden contratar empleados de reemplazo. Si una huelga continúa por 30 días sin resolución, el Ministerio del Trabajo suspenderá la huelga y someterá el asunto a arbitraje.
El 30 de Septiembre, seguido del fracaso de tres semanas de negociaciones laborales con la administración de la compañía, los empleados de la compañía Arrocera Altamira iniciaron una huelga, se tomaron la compañía y bloquearon los caminos de acceso. La huelga fue declarada ilegal y la policía entró al edificio para reestablecer el orden. Como resultado de estas acciones, la policía arrestó a nueve trabajadores. La IG reportó que la policía liberó a los trabajadores sin levantar cargos, poco después de que el orden había sido reestablecido (ver sección 2.b).
Hubo alegatos de repetidas violaciones al derecho de organizarse, especialmente en las Zonas Francas (ZF), en donde se despidieron a empleados o acosaron a empleados quienes estaban intentando formar sindicatos. Los organizadores laborales reportaron que estos incidentes aumentaron en las zonas francas después que el país implementó la legislación del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos y Centroamérica y República Dominicana (CAFTA-DR) en abril.
Hubo reportes verosímiles de que el Ministerio del Trabajo extendió registros a sindicatos blancos (sindicatos que apoyan al empleador) en pocos días, mientras que el registro de aquellos sindicatos independientes que apoyan a los empleados fue retrasado por meses. Según se reporta, el Ministerio también falló en tomar acciones correctivas por violaciones laborales reportadas por sus inspectores, favoreciendo a los empleadores en disputas con los sindicatos; y revelando los nombres de los líderes del sindicato a los empleadores, facilitando el despido de los líderes. Sin embargo, no hubo estadísticas disponibles para documentar estos patrones.
Entre Junio y Agosto la fábrica Atlantics, que fabrica prendas de vestir de la zona franca, despidió a 26 trabajadores afiliados a un sindicato que se formó en Junio. La compañía recontrató a seis trabajadores con la condición de que ellos firmaran contratos que les prohibían organizarse en sindicatos. Seguidos de una apelación interpuesta por el sindicato, el 31 de agosto, el Ministro del Trabajo ordenó a la fábrica “no despedir” a los trabajadores, emitiendo una resolución de retorno al trabajo. El 1 de septiembre, la fábrica apeló la decisión diciendo que el Ministerio no tenía autoridad legal para reintegrar a los trabajadores. El 12 de septiembre, el Ministerio dio lugar a la apelación del 1 de septiembre del empleador sin notificar al sindicato de la revocación por parte del Ministerio de la orden del 31 de agosto.
En agosto, el Ministerio del Trabajo revocó una orden de reintegración en apelación referente al despido de trabajadores de la fábrica de prendas de vestir de la zona franca Calypso Apparel. El 20 de septiembre, el Ministerio del Trabajo se refirió a la Comisión de Asuntos Laborales de la Asamblea Nacional los casos de Atlantics y Calypso Apparel, junto con una disputa similar en KB Manufacturing, en donde 35 organizadores de sindicato fueron despedidos. En octubre, una subcomisión especial convino negociar acuerdos con Atlantics y Calypso Apparel a través de los cuales los trabajadores fueron reintegrados. Al final del año, la Asamblea Nacional no había negociado una revocación del despido de los organizadores del sindicato en KB Manufacturing.
Para el final del año, la fábrica de prendas de vestir Mil Colores, de la zona franca, había cumplido la mayoría de sus obligaciones financieras pendientes, inclusive la entrega de pagos de indemnización a los trabajadores despedidos en el 2004.
No hay leyes especiales o exoneraciones de las leyes laborales regulares en las 41 zonas francas. Mientras que muchos trabajadores en las zonas francas fueron representados por una de las aproximadamente 35 diferentes organizaciones sindicales asociadas con cinco confederaciones del trabajo, menos del 10% de los trabajadores de las zonas francas eran miembros de los sindicatos. Un número de esos sindicatos no tenían poder de negociación colectiva efectiva.
c. Prohibición de Trabajo Forzado u Obligatorio
A pesar de que la Constitución prohíbe cualquier tipo de trabajo forzado u obligatorio (aunque no contempla específicamente el trabajo infantil forzado u obligatorio), dichas prácticas prevalecieron (ver sección 6.d.).
d. Prohibición del Trabajo Infantil y Edad Mínima para Trabajar
Considerando que la ley contempla la protección de los derechos de los niños y prohíbe cualquier tipo de explotación económica o social de niños y niñas, el trabajo infantil fue un problema generalizado. De acuerdo a un estudio publicado durante el año por la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil y Adolescente (ENTIA), el número de niños menores de 18 años de edad que trabajan ha descendido en más del 5% desde el año 2000 a aproximadamente 239,000, de los cuales el 36% eran menores de 14 años de edad. Un estudio de la Organización Internacional del Trabajo reportó que más de 25,000 niños trabajaban como empleados domésticos.
Las estadísticas de ENTIA revelaron que el trabajo infantil ocurrió en las áreas urbanas y rurales y que el 76% de los niños fueron empleados en el sector informal. Más del 60% no recibió compensación directa por su trabajo, trabajando para un negocio familiar, o a cambio de pago en especies. Más de 135,000 niños trabajaron en agricultura, silvicultura, pesca, y caza, con la mayoría trabajando en plantaciones de café o a niveles de subsistencia para mantener sus familias. Aproximadamente el 22% trabajó en restaurantes, hoteles, y otros negocios comerciales. La incidencia de niños involucrados en actividades como recoger basura, ventas en la calle, y prostitución, continuó siendo un problema serio en las áreas urbanas (ver sección 5).
La ley laboral establece una edad mínima para empleo de 14 años y limita la jornada laboral a seis horas. Los niños entre 14 y 16 años de edad deben tener permiso de sus padres para trabajar. Aunque la ley impone multas para los violadores y permite a los inspectores cerrar centros que empleen trabajo infantil, las leyes que regulan el trabajo infantil fueron raramente aplicadas excepto en el pequeño sector formal.
La Comisión Nacional Contra el Trabajo Infantil, la cual incluye Ministerios de Gobierno, ONGs nacionales e internacionales, y el sector privado, continuó su campaña para aumentar el conocimiento acerca del problema del trabajo infantil y sus implicaciones sociales para el país. El Ministerio del Trabajo es responsable de aplicar las leyes laborales, pero el gobierno no asignó recursos adecuados para permitir al Ministerio el cumplimiento efectivo de sus funciones.
e. Condiciones Aceptables de Trabajo
El salario mínimo se establece por medio de negociaciones tripartitas (empresarios, gobierno y trabajadores) y debe ser aprobado por la Asamblea Nacional. En cada sector clave de la economía se aplica un salario mínimo distinto, que debe revisarse cada seis meses. Una nueva escala de salario mínimo entró en vigencia el 2 de marzo, fluctuando entre $50 (869 córdobas) en el sector agrícola, a $117 (2,018 córdobas) en el sector financiero. Una comparación del Banco Central en el momento del aumento del salario mínimo reveló que los salarios promedios en seis de los diez sectores claves estaban arriba del salario mínimo. Los trabajadores del sector agrícola y de la pesca, sin embargo, ganaron un promedio de sólo 30 y 19%, respectivamente, del salario mensual decretado. En general, el salario mínimo se aplicó sólo en el sector formal. El salario mínimo nacional no brindó un nivel de vida adecuado para un trabajador y su familia. En cada sector, el salario mínimo estuvo entre 30 y 70% debajo de $174 (3,000 córdobas) que el gobierno estimó que una familia urbana necesitaba mensualmente para una canasta básica de alimentos.
A pesar de que la semana de trabajo estándar es de un máximo de 48 horas, con un día de descanso a la semana, esta disposición fue constantemente ignorada por los empleadores quienes frecuentemente alegaron que los trabajadores estaban siempre dispuestos a trabajar horas extras para ganar más. Si bien la ley ordena el pago de horas extras y prohíbe las horas extras obligatorias excesivas, estos requisitos no fueron siempre efectivamente cumplidos.
La ley establece normas de seguridad y salud ocupacional, pero la Dirección de Higiene y Seguridad Ocupacional del Ministerio del Trabajo no contaba con suficiente personal y recursos para hacer cumplir estas disposiciones, lo que lleva a condiciones laborales que, por lo general, no cumplen con los estándares internacionales. Los trabajadores en algunas fábricas de las zonas francas se quejaron de malas condiciones laborales, agua para el consumo humano insegura, horas extras forzadas sin pago, y de indicarles cuando podían utilizar los servicios higiénicos. En una fábrica, varias mujeres embarazadas se quejaron que la administración no les permitía atender consultas médicas durante horas de trabajo. La ley estipula que los trabajadores tienen el derecho a apartarse de situaciones peligrosas en sus lugares de trabajo sin poner en riesgo la continuidad de su empleo, pero muchos trabajadores desconocían este derecho. En la primera mitad del año, el CENIDH recibió 244 quejas relacionadas con las condiciones del trabajo de los diferentes sectores.
Durante el año, ocho buzos dedicados a la pesca de langosta en la Costa Atlántica murieron, y aproximadamente otros 600 sufrieron daños por la enfermedad de descompresión que resulta de la omisión de los empleadores de proporcionar salud ocupacional y entrenamiento de seguridad adecuados, y el equipo apropiado de buceo. Los ONGs reportaron que el gobierno no había inspeccionado las condiciones de trabajo de los buzos durante el año. El Presidente del Sindicato de Buzos y Marineros en la Región Autónoma Atlántico Norte reportó a los medios de comunicación que los empleadores habían proporcionado entrenamiento técnico de buceo básico a sólo aproximadamente el 2% de los 4,000 buzos dedicados a la pesca de langosta. Al final del año, el Ministerio de Salud declaró que la pesca de langosta debía suspenderse, y los gobiernos locales de la Costa Atlántica se coordinaron con la OPS para comenzar a financiar un programa de entrenamiento básico para buzos dedicados a la pesca de langostas.